Concesiones Turísticas en Áreas Silvestres Protegidas del Estado


La Ley N° 20.423 del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo hace referencia al desarrollo turístico en las áreas silvestres protegidas del Estado y establece la creación del reglamento que regula las condiciones y procedimiento de adjudicación de las concesiones junto a los derechos y obligaciones de los concesionarios para el desarrollo de actividades e infraestructura de turismo en estas áreas.

El procedimiento establecido regula el otorgamiento de concesiones turísticas en áreas silvestres protegidas del Estado basándose en criterios de sustentabilidad y asegurando la preservación de la biodiversidad, y tiene como objetivo que las áreas silvestres protegidas del país cuenten con una oferta de productos y servicios turísticos basados en estándares de calidad y sustentabilidad.

La Subsecretaría de Turismo pone énfasis en la necesidad del desarrollo de un turismo sustentable como criterio prioritario en el proceso de concesiones.

El otorgamiento de las concesiones turísticas en las áreas silvestres protegidas priorizadas se realiza por medio del proceso establecido en el Decreto N°50 y tras licitación pública  o adjudicación directa de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley N° 1939 de Bienes Nacionales (1977).

Desarrollo turístico sustentable en Áreas Silvestres Protegidas del Estado

Oportunidades de inversión en las Áreas Silvestres Protegidas del Estado

Priorización de Áreas Silvestres Protegidas del Estado con potencial turístico