Concesiones en Aspes priorizadas


En el marco de la Ley N°20.423, en su título IV establece que solo se podrán desarrollar actividades turísticas en Áreas Silvestres Protegidas de propiedad del Estado cuando éstas sean compatibles con su objeto de protección, debiendo asegurarse la diversidad biológica, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental.

En ese marco, le corresponde al Comité de Ministros del Turismo “Determinar las áreas silvestres protegidas del Estado que, de acuerdo a su potencial, serán priorizadas para ser sometidas al procedimiento de desarrollo turístico”. Este proceso de priorización de un ASP por parte del Comité de Ministros del Turismo está estipulado en el Decreto N° 50/2011 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

En este Decreto, establece en su artículo 14, “Priorizada una o más Áreas Silvestres Protegidas del Estado por el Comité de Ministros, el Subsecretario constituirá una Mesa Técnica, integrada por éste o por quien lo represente, por un representante del Ministerio de Bienes Nacionales y por uno de la institución encargada de la administración de las Áreas Silvestres Protegidas del Estado”.
Esta Mesa Técnica, tiene por objetivo principal confeccionar la propuesta de bases técnicas de licitación para las futuras concesiones, que serán enviadas al Ministerio de Bienes Nacionales para su publicación y adjudicación, si corresponde.

La Mesa Técnica, liderada por la Subsecretaría de Turismo, se conforma por representantes del Ministerio de Bienes Nacionales, Ministerio de Medio Ambiente y Corporación Nacional Forestal (CONAF), y corresponde a una instancia coordinada, que sesiona de manera sistemática.